RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2019 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba la modificación de su estructura organizativa.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorINSTITUTO GALLEGO DE PROMOCION ECONOMICA
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo previsto en la Ley 5/1002, de 10 de junio, de creación del Instituto Gallego de Promoción Económica, el Consejo de Dirección del Instituto, en su reunión de 19 de febrero de 2019, acordó la modificación de la estructura organizativa de la entidad en los siguientes términos:

  1. Órganos superiores de dirección.

    Para el desarrollo de las funciones que el Igape tiene encomendadas y recogidas en el artículo 4 de la Ley 5/1992, de 10 junio, de creación del Instituto, cuenta con los siguientes órganos superiores:

    1.1. El/la presidente/a.

    1.2. El/la director/a general.

    1.1. Al presidente/a que será, por razón de su cargo, el/la conselleiro/a competente en materia de economía, le corresponde la representación del Igape en toda clase de actos o negocios jurídicos y ejercerá en su nombre acciones y recursos y demás competencias que se le asignan en la precitada Ley 5/1992, en su artículo 11.

    1.2. Al director/a general, que será nombrado/a por el Consejo de Dirección, a propuesta del/a conselleiro/a, le corresponde ejercer las competencias que se establecen en el artículo 12 de la Ley 5/1992 y las que le fueran expresamente delegadas por el/la presidente/a o por el Consejo de Dirección.

  2. Estructura administrativa.

    — Áreas de Dirección

    El Instituto se estructura internamente en una gerencia, tres áreas, y dos unidades dependientes orgánicamente de la Dirección:

    1. Gerencia.

    2. Área de Inversión.

    3. Área de Competitividad.

    4. Área de Internacionalización.

    5. Unidad de Operaciones.

    6. Unidad de Proyectos Estratégicos.

      Al frente de cada una de estas áreas, de la Gerencia y de las unidades figurará una persona responsable de la Gerencia, de la dirección de área, y de la unidad, las cuales tendrán la consideración de personal directivo.

      — Funciones de las áreas

      1. Gerencia.

      La persona titular de la Gerencia lo será también de todos los órganos colegiados de la misma, ejerciendo a estos efectos la coordinación, bajo las instrucciones de la Dirección, de los programas y actuaciones de las diferentes direcciones de área y de los entes del sector público adscritos al Instituto, la gestión de los asuntos relacionados con el régimen interno y el régimen de personal del Instituto, las propuestas de simplificación y racionalización de la actividad administrativa, la elaboración de los proyectos y planes generales de actuación, prestar asistencia técnica, administrativa y apoyo jurídico a la persona titular de la Dirección del Instituto, la emisión de informes y anteproyectos normativos y de presupuestos del Instituto, así como cualquier otra que le encomiende la Dirección del ente.

      Para el desarrollo de sus funciones a Gerencia se estructura en las siguientes subdirecciones:

      1. Subdirección de Servicios Jurídicos: asumirá las funciones de prestar al Instituto servicios internos de apoyo jurídico-administrativo, servicios de contratación, la preparación de asuntos e informes de los órganos del Instituto, la gestión, coordinación y seguimiento de procedimientos y planes de actuación del Instituto y aquellas otras funciones que dentro de su ámbito le sean asignadas por la Gerencia.

      Al frente de la Subdirección figurará un/una subdirector/a y dos técnicos responsables de servicios jurídicos que asumirán las siguientes funciones:

    7. Elaboración de informes jurídicos y asesoramiento jurídico en los asuntos que sean competencia del Instituto, sin perjuicio de las competencias de la Asesoría Jurídica General.

    8. Elaboración y emisión de informes-propuesta sobre los recursos administrativos.

    9. La asistencia y apoyo jurídico en la gestión y tramitación de proyectos de disposiciones y bases reguladoras de ayudas, así como en el estudio, tramitación y propuestas de resolución de reclamaciones, recursos y requerimientos y peticiones formulados contra actos y resoluciones dictados por sus distintos órganos cuando no estén atribuidos a otros órganos, sin perjuicio de las competencias que normativamente tengan asignados los letrados de la Asesoría Jurídica General.

    10. La elaboración de los correspondientes informes y la coordinación de la documentación necesaria en relación con las demandas y recursos interpuestos en la vía judicial, excepto las que correspondan a otros órganos.

    11. La gestión, coordinación, supervisión y seguimiento de la contratación administrativa, elaboración e informe jurídico de pliegos de cláusulas administrativas particulares y asistencia jurídica a las mesas de contratación.

    12. La tramitación administrativa de los convenios y programas del Instituto con el sector público o privado, su control y seguimiento.

    13. La gestión de los procedimientos del Instituto, a la definición de las necesidades en materia de tecnologías de la comunicación e información a medio y largo plazo, el mantenimiento y eficiencia de los equipos y el aseguramiento del cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos y servicios de la sociedad de la información.

    14. La preparación de los asuntos a elevar a la Dirección General, a la Presidencia y al Consejo de Dirección, así como el seguimiento y control de su ejecución.

    15. La coordinación de la publicación de todos los actos y disposiciones que tengan que ser objeto de publicación en el DOG.

    16. La coordinación y gestión del registro del Instituto.

    17. Aquellas otras funciones que dentro de su ámbito le sean asignadas por la Gerencia.

      1. Subdirección Económica Financiera: sus funciones son las de prestarle al Instituto servicios internos de gestión, control económico y financiero, la gestión y control de auditorías y fondos europeos, así como la gestión de los recursos humanos, y recursos materiales y patrimoniales y aquellas otras funciones que dentro de su ámbito le sean asignadas por la Gerencia del Instituto. Al subdirector/a le corresponderán las siguientes funciones:

    18. La coordinación de la confección y tramitación del anteproyecto de presupuestos de los órganos del Instituto, el seguimiento y control interno de la ejecución presupuestaria, así como la tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias.

    19. La ejecución de la gestión presupuestaria, efectuando los trámites económico-administrativos de los expedientes de gasto y las propuestas de pagos del Instituto.

    20. El asesoramiento en materia presupuestaria a los órganos del Instituto.

    21. La supervisión, coordinación y elaboración de las instrucciones necesarias para que los órganos del Instituto efectúen una correcta ejecución del presupuesto.

    22. La organización, coordinación y supervisión de la gestión administrativa del patrimonio adscrito al Instituto.

    23. La gestión de las inversiones, compras, suministros y servicios del Instituto.

    24. La conservación y mantenimiento de las dependencias y del edificio del Instituto.

    25. Aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas por la Gerencia.

      El/la subdirector/a estará apoyado por un/una técnico responsable de gestión de personal, un/una técnico responsable de servicios generales y un/una técnico responsable de contabilidad.

      El/la técnico responsable de gestión de personal asumirá las siguientes funciones:

    26. La gestión del personal del Instituto.

    27. La tramitación de los expedientes administrativos relativos la personal funcionario, laboral y eventual.

    28. El estudio, tramitación y elaboración de las propuestas de resolución de reclamaciones previas a la vía laboral y recursos, la elaboración de los correspondientes informes y la coordinación de la documentación necesaria en relación con las demandas y recursos interpuestos en la vía judicial, así como, en su caso, la ejecución de sentencias en materia de personal.

    29. La tramitación y gestión de los permisos, vacaciones y licencias del personal del Instituto.

    30. Controlar la asistencia y puntualidad del personal del Instituto.

    31. Aquellas otras funciones que dentro de su ámbito le sean asignadas por la subdirección.

      El/la técnico responsable de servicios generales asumirá las siguientes funciones:

    32. La gestión de los medios materiales y patrimonio del Instituto.

    33. El aprovisionamiento, mantenimiento y renovación del equipo y material fungible no inventariable necesario para el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR