RESOLUCION de 7 de abril de 2017, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de cien becas de excelencia para la juventud del exterior, a fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2017 en una universidad gallega.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorVicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
Rango de LeyResolución

La Secretaría General de la Emigración es el órgano superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia al que le corresponden, entre otras, las competencias en materia de desarrollo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad, así como las políticas de emigración y retorno en Galicia, según lo establecido en el artículo 4 del Decreto 88/2013, de 30 de mayo, de estructura orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Asimismo, la disposición adicional segunda de dicho decreto desconcentra en la persona titular de la Secretaría General de la Emigración la competencia para la aprobación de las bases, la convocatoria y la resolución de las ayudas y subvenciones de su respectivo ámbito de competencia.

El Estatuto de autonomía de Galicia, en sus artículos 1.2 y 4.3, establece que la Comunidad Autónoma asume como tarea principal la defensa de la identidad de Galicia y la promoción de la solidaridad entre todos los integrantes del pueblo gallego, configurando como un principio rector de su política social y económica hacer efectivo el derecho de las personas gallegas a vivir y trabajar en su propia tierra.

Con la puesta en marcha de esta línea de becas, la Secretaría General de la Emigración oferta a los gallegos universitarios residentes en el extranjero la posibilidad de adquirir una especialización académica de máster en una universidad gallega, con la finalidad de que amplíen su formación y adquieran competencias y habilidades que favorezcan su inserción laboral y futuro profesional en Galicia con mayores garantías de éxito.

Los másteres ofertados se integran en las áreas de Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura; se seleccionaron en función de las posibilidades de una mayor empleabilidad y son de interés para el desarrollo del sector productivo industrial, de servicios, así como el de la información y conocimiento de Galicia.

A través de esta iniciativa se pretende también que la sociedad gallega se enriquezca con los conocimientos y experiencias profesionales internacionales que aporten estos gallegos con formación universitaria, que residieron o nacieron en el extranjero, y que ahora retornan a Galicia, al mismo tiempo que se refuerza su vinculación con la Comunidad Autónoma.

Estas becas constituyen una ayuda económica para la realización de estos estudios de máster en Galicia con una duración de un curso académico (60 créditos) o de un curso y medio (90 créditos). Los importes se fijaron en función de los gastos que deberán afrontar los becarios para poder conseguir los objetivos de las becas, teniendo cuenta los gastos de desplazamiento desde su país de residencia, las tasas administrativas y académicas de matrícula, así como el coste del alojamiento y manutención.

Para el desarrollo de este programa es primordial contar con la colaboración de la Secretaría General de Universidades de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, así como de las tres universidades gallegas mediante su participación en la selección de los beneficiarios a través de su presencia en la comisión de valoración de los expedientes.

Por otra parte, dado que las posibles personas adjudicatarias de las becas residen en el exterior y tienen que organizar su traslado a Galicia con antelación suficiente, así como matricularse en el máster en los plazos que establezcan las universidades, con el fin de que conozcan lo antes posible su concesión, se prevé la tramitación del procedimiento de concesión de las becas por la vía de urgencia, por lo que se reducen a la mitad (5 días) los plazos para efectuar los requerimientos de subsanación y aceptar las becas. Asimismo, dada su condición de estudiantes universitarios y las especiales circunstancias que podrían presentarse en los países en los que residen, se establece la obligatoriedad de relacionarse exclusivamente por medios electrónicos para la tramitación de este procedimiento.

En virtud de lo expuesto, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 88/2013, de 30 de mayo, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley 9/2007; en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normativa de aplicación,

RESUELVO:

Artículo 1 Objeto y régimen de las ayudas
  1. Esta resolución tiene por objeto establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cien becas de excelencia para la juventud del exterior, con el fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2017 en una universidad gallega, condicionada a los límites de financiación.

    El listado de los másteres oficiales para los que se conceden las becas son los señalados en el anexo I de esta resolución.

  2. La concesión de la beca está condicionada a la previa acreditación de estar matriculado en un máster de un mínimo de 60 créditos modalidad presencial.

  3. Este procedimiento se habilitará en la Guía de procedimientos y servicios con el código PR911A.

Artículo 2 Financiación

Esta convocatoria tendrá carácter plurianual y para la concesión de estas subvenciones se destinará un total de 860.625 € con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.312C.480.3 –Becas de excelencia para la juventud del exterior– de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2017 y 2018, por importe de 500.000 € para la anualidad 2017 y 360.625 € para la anualidad 2018, quedando condicionada la concesión de estas subvenciones a dichos límites presupuestarios.

Este importe podrá ser ampliado en los casos establecidos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, en función de las mayores disponibilidades presupuestarias que se puedan producir en dicha aplicación.

Artículo 3 Personas beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas los ciudadanos gallegos residentes en el exterior con una titulación universitaria de grado, licenciado, ingeniero o arquitecto.

Artículo 4 Requisitos

4.1. Requisitos que deberán cumplirse y acreditarse en el momento de la presentación de solicitudes:

  1. Residir en el extranjero.

  2. Estar en posesión de la nacionalidad española.

  3. Ser emigrante nacido en Galicia o que haya residido en Galicia de forma continuada durante 10 años con nacionalidad española antes de emigrar, así como los descendientes por consanguinidad de una de estas personas y que hubieran nacido en el extranjero.

  4. En el caso de las personas nacidas en el extranjero, estar vinculada a un ayuntamiento gallego.

  5. Acreditar un mínimo de dos años de residencia en el exterior inmediatamente anteriores a fecha de la presentación de la solicitud.

  6. Estar en posesión de algún título universitario de grado, arquitecto/a, ingeniero/a, licenciado/a, arquitecto/a técnico, diplomado/a, ingeniero/a técnico u otro expresamente declarado equivalente.

  7. Haber obtenido la titulación universitaria en los últimos 10 años.

    4.2. Requisito que deberá cumplirse y acreditarse con carácter previo a la concesión de la beca:

  8. Estar matriculado/a en el curso 2017/18 en un máster universitario oficial de los relacionados en el anexo I del Sistema universitario de Galicia, de un mínimo de 60 créditos en la modalidad presencial. Para los másteres con una duración total de 90 créditos, la matrícula de los 30 créditos restantes, correspondientes al curso 2018/19 se realizará y se acreditará en el año 2018.

    Los solicitantes antes de matricularse deben realizar el proceso de solicitud de admisión en uno o en varios másteres en las universidades gallegas que prefieran con la antelación necesaria para poder presentar el justificante de matrícula. Cada universidad establece su propio plazo de admisión y deben estar en contacto directo con ellas para informarse de los programas de máster de su área de interés, así como de los requisitos y de la documentación que deben aportar.

    A estos efectos, para ser admitido en una universidad, en el caso de títulos extranjeros de estudios de países ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), se deberá tramitar la solicitud de equivalencia en la universidad gallega donde se pretenda cursar el máster. No será necesario en caso de que el título esté ya homologado a un título universitario oficial...

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