Resolución de 28 de febrero de 2009 de adjudicación en el concurso público de nuevas oficinas de farmacia, convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2006, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad.

Sección6 - Anuncios
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 24 de julio de 2008, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad, se hizo pública la lista definitiva de adjudicatarios y la de reserva en el concurso público de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia, convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2006, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad. Contra dicha resolución se interpusieron, por parte de los farmacéuticos interesados en el procedimiento que lo consideraron pertinente, recursos de alzada.

Una vez resueltos dichos recursos, y tras la revocación parcial (a consecuencia de la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso número 4529/2006) de la convocatoria de las oficinas de farmacia en la zona farmacéutica de Rodeiro -parroquia de Carboentes (Santo Estevo), código S13-, en la de Ribadavia -parroquia de Ribadavia (San Domingos) código O6-, en la de Agolada -parroquia de Ventosa (San Xulián) código S1-, en la de Oleiros -parroquia de Perillo (Santa Locaia) código C23-, se ha procedido a la realización de una nueva asignación de las oficinas de farmacia ofertadas, atendiendo a las nuevas puntuaciones y a las preferencias manifestadas por los concursantes.

Corresponde por tanto, adjudicar las farmacias ofertadas en el concurso público de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2º del Decreto 146/2001, de 7 de junio, sobre planificación, apertura, traslado, cierre y transmisión de oficinas de farmacia, según el cual al solicitante que figure con la mayor puntuación en dicha lista definitiva, siguiendo las preferencias indicadas en las solicitudes, se le adjudicará la autorización para la instalación de la nueva oficina de farmacia.

Asimismo, el artículo 27 del Decreto 146/2001, de 7 de junio, señala que los farmacéuticos solicitantes admitidos que no obtuviesen oficina de farmacia pasarán a formar parte de una lista de reserva en la que figurarán por su orden de puntuación.

Por todo lo expuesto, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de la Xunta y de su Presidencia,

RESUELVO:

Adjudicar la autorización para la instalación de las oficinas de farmacia del...

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