Decreto 64/1998, de 12 de febrero, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Samos (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de acondicionamiento de caminos en Samos (camino 13 y ramales en Reiriz).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Samos (Lugo), en sesión celebrada el día 15 de abril de 1996, aprobó el proyecto de acondicionamiento de caminos en Samos (camino 13 y ramales en Reiriz), y en la sesión celebrada el día 27 de junio de 1997 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. El ayuntamiento ha remitido la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 9 de enero de 1998 con el número 199.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, el día 30 de enero de 1998, nº 1226.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque las obras de referencia están incluidas

y son financiadas con cargo al FEDER necesitándose los terrenos para iniciar las obras dentro de los plazos señalados por la normativa al respecto al que hay que añadir que con la realización de las mismas se mejora la comunicación de cuatro entidades de población entre sí, así como el acceso a los pastizales del pueblo de Reiriz, en la actualidad incomunicados en cuanto a los accesos de maquinaria se refiere, contribuyendo con todo ello a favorecer la economía de la zona.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR