Decreto 334/1997, de 6 de noviembre, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con el objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 20 kV, trazada entre la línea Fontedíaz-Pousada y el centro de transformación a instalar en Pena, en el municipio de Touro,...

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Rango de LeyDecreto

Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Severo Ochoa nº 2 de A Coruña, solicitó de esta Consellería de Industria y Comercio, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea, a 20 kV, de 258 m de longitud, con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, con origen en la línea Fontedíaz-Pousada y final en el centro de transformación que se va a instalar en Pena, afectando en su recorrido al término municipal de Touro (A Coruña) (expediente 142/96).

Dicha instalación se autorizó y se declaró de utilidad pública por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña de 24-2-1997, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 7-4-1997, en el BOP de A Coruña del 29-3-1997 y en el BOE del 1-4-1997. Con misma fecha, se aprobó su proyecto de ejecución.

La solicitud de urgente ocupación se hizo y se tramitó de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 12-8-1997, en el BOP de A Coruña del 1-8-1997, en el diario El Correo Gallego del 2-8-1997, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Touro y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

Durante el período en que se sometió a trámite de información pública. no se recibió alegación alguna.

Una vez practicada, por técnicos de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, la inspección sobre el terreno siguiendo el trazado aprobado para la instalación de esta línea, se pudo comprobar que en los bienes afectados, sobre los que se solicitan los beneficios de expropiación, a los efectos de la servidumbre, no se dan los supuestos prohibitivos o limitativos de los artículos 56 de la

Ley 40/1994, de 30 de diciembre...

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