Decreto 151/1997, de 5 de junio, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con el objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV trazada entre la L.M.T. Mosende-Torneiros hasta el centro transformador que se proyecta en Casaldovello, municipio de O ...
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Rango de Ley | Decreto |
Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio para efectos de notificaciones en la c/ Severo Ochoa nº 2 de A Coruña, solicitó de esta Consellería de Industria y Comercio la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV, de 989 m de longitud, con conductores tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, trazada entre el apoyo 10 de la L.M.T. Mosende-Torneiros hasta el centro transformador que se proyecta en Casaldovello, municipio de O Porriño (Pontevedra) (expediente 35/1993).
Dicha instalación se declaró de utilidad pública por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra de 9-9-1993, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 8-6-1994, en el BOP de Pontevedra del 20-5-1994, y en el BOE del 16-11-1993. Con fecha 2-12-1992 fue aprobado su proyecto de ejecución.
La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por el apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.
Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 6-5-1996, en el BOP de Pontevedra del 14-5-1996, en el diario Faro de Vigo del 9-5-1996, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Porriño y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación, excepto los propietarios de las fincas números 25 y 37, que por estar ausentes, se les dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, según el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formuló ninguna alegación de oposición a la expropiación.
Una vez practicada por técnicos de la...
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