Decreto 44/1997, de 20 de febrero, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV trazada entre la L.M.T. al C.T. Quintián hasta el centro de transformación que se proyecta en Sobreira II-Cortiñas,...

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Rango de LeyDecreto

Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio para efectos de notificaciones en la c/ Severo Ochoa nº 2 de A Coruña, solicitó de esta consellería, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV de 927 m de longitud con conductor tipo LA-56, sobre apoyos de hormigón, trazada desde el apoyo 4 de la L.M.T. existente al C.T. de Quintián hasta el centro transformador que se proyecta en Sobreira II -Cortiñas, ayuntamiento de Vigo (Pontevedra) (expediente 46/1995).

Dicha instalación se autorizó, y se declaró de utilidad pública, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra del 2-5-1995, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 4-7-1995, en el BOP de Pontevedra del 22-6-1995, y en el BOE del 6-7-1995. Con la misma fecha fue aprobado su proyecto de ejecución.

La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.

Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 18-4-1996, en el BOP de Pontevedra del 18-4-1996, en el diario Faro de Vigo del 24-4-1996, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vigo y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación, excepto el propietario de la finca Núm. 25, que por ser desconocido, se dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, según el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública no se formuló ninguna alegación de oposición a la expropiación.

Una vez practicada, por técnicos de la delegación provincial de la...

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