Orden de 16 de diciembre de 1997 por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de varias plazas vacantes en la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorCONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA
Rango de LeyOrden

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería,

DISPONE:

Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta orden.

Segundo.-Podrán concurrir todos los funcionarios que reúnan los requisitos que se exigen y que se especifican en el anexo I.

Tercero.-Las solicitudes para participar en la convocatoria se presentarán en el registro general de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura (edificio administrativo de San Caetano nº 5, Santiago de Compostela), en sus delegaciones territoriales o en las oficinas señaladas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. El modelo de solicitud se publica en el anexo II.

Cuarto.-Los aspirantes deberán adjuntar a su solicitud un currículum vitae y justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que aleguen.

Quinto.-El nombramiento de un funcionario con destino definitivo en otra Administración pública o que preste servicios en la Comunidad Autónoma de Galicia como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava , punto 4º de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que resultase seleccionado para ocupar el puesto de trabajo anunciado, estará condicionado a que su Administración emita informe favorable, conforme a lo previsto en el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones concordantes.

Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el DOG, y podrán declararse desiertos los puestos de trabajo si se considerase oportuno.

Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días si el destino anterior radica en la misma localidad que el nuevo destino, y de un mes si radica en loca

lidad distinta o comporta reingreso al servico activo. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución, excepto en el caso de procedencia de otras administraciones, en que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la...

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