Decreto 142/1997, de 5 de junio, sobre viviendas en régimen de alquiler para jóvenes.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

La política de vivienda de la Xunta de Galicia tiene el fin de garantizar el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, especialmente para los sectores con menos capacidad económica.

De acuerdo con los artículos 47 y 48 de la Constitución española, los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho así como para promover la participación de la juventud en el desarrollo político, social y económico.

En la actualidad, el problema de la vivienda para jóvenes tiene una gran transcendencia social, demandando programas de actuación prioritaria que favorezcan la autonomía personal de los mismos mediante su integración social y el acceso a la vivienda. Son mayoría los jóvenes que tienen dificultades para acceder a una vivienda, retrasando la salida de su lugar de origen y su autonomía personal. Por otra parte, en numerosas ocasiones, los jóvenes que se disponen a iniciar estudios superiores deben abandonar la familia y fijar su residencia cerca de la universidad, lo que conlleva gastos que algunas unidades familiares no están en disposición de afrontar. En este sentido aparece el compromiso de remover obstáculos de esta índole, canalizando esfuerzos para facilitar no sólo la autonomía personal de los jóvenes, sino también el acceso a la educación y al desarrollo de la personalidad.

En aplicación del Plan de Vivienda 1996-1999, el presente decreto supone la regulación en la Comunidad Autónoma de Galicia de la promoción de viviendas en régimen de arrendamiento para jóvenes al amparo del artículo 1.4º del Real decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo, así como el establecimiento de ayudas complementarias a las del Estado, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, y destinadas igualmente a los promotores de estas actuaciones.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su

reunión del día cinco de junio de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º Finalidad.

El presente decreto tiene por objeto:

  1. Regular la promoción de viviendas en régimen de alquiler para jóvenes al amparo de lo establecido en el artículo 1.4º del Real decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo para el período 1996-1999.

  2. Previa calificación como viviendas de protección oficial de régimen general, conceder las ayudas previstas en el referido real decreto a los promotores de estas actuaciones, así como las que se establecen con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma.

Artículo 2º Características de las viviendas.
  1. La superficie útil de las viviendas no podrá ser superior a 50 metros cuadrados.

  2. Cada promoción o edificio deberá contener la reserva para minusválidos fijada en las disposiciones aplicables.

  3. La configuración de las viviendas deberá permitir que puedan ser destinadas a dos personas como mínimo.

Artículo 3º Características del edificio.

El uso mayoritario del edificio...

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